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CAS vs 728 vs 276: diferencias reales entre los regímenes del Estado

Por ChambaClick Perú Actualizado el 16 de septiembre de 2026 Lectura: 10 minutos

En una misma entidad del Estado, dos personas sentadas una al lado de la otra, haciendo trabajos parecidos, pueden tener condiciones laborales muy distintas. No es un error administrativo: es la consecuencia de que el sector público peruano funcione con varios regímenes laborales en paralelo, cada uno con sus propias reglas de ingreso, de pago y de permanencia.

Para quien postula, entender esas diferencias no es un ejercicio teórico. Determina cuánto vas a cobrar al año más allá del sueldo mensual, cuánto puede durar tu vínculo y qué pasa cuando termina. Y hay una diferencia más incómoda: algunos avisos que la gente llama «trabajo en el Estado» no son un vínculo laboral en absoluto.

Esta guía compara los tres regímenes con los que te vas a encontrar en las convocatorias, explica qué cambió en 2026 y te enseña a identificar en qué régimen está una plaza antes de postular.

Lo que cambió en 2026. Durante años, la comparación era simple: el CAS era el régimen más precario de los tres. La Ley 32563, publicada el 23 de marzo de 2026, cambió eso al incorporar gratificaciones de un sueldo completo y CTS al régimen CAS. Buena parte de lo que se escribió sobre este tema antes de esa fecha, incluidas muchas páginas que siguen apareciendo en Google, ya está desactualizado.

Qué es cada régimen, en corto

El 276 es la carrera administrativa clásica, con niveles y ascensos. El 728 aplica al Estado las reglas del régimen laboral privado. El CAS, regulado por el Decreto Legislativo 1057, es el régimen con el que hoy se cubre la mayoría de puestos públicos y por el que se convoca casi todo concurso.

Decreto Legislativo 276 — Carrera administrativa

Es el régimen histórico del servicio civil peruano. Organiza a los servidores en grupos ocupacionales y niveles, con ascensos por concurso y reglas estrictas para el cese, lo que le da la mayor estabilidad de los tres. Su punto débil es económico: la remuneración básica es baja y el ingreso se arma con múltiples bonificaciones, y en lugar de gratificaciones recibe aguinaldos de monto fijo, tradicionalmente alrededor de 300 soles.

Para quien busca trabajo hoy tiene un problema práctico: casi no se abren plazas nuevas. Los ingresos por esta vía dependen de plazas presupuestadas que quedan vacantes, y son excepcionales.

Decreto Legislativo 728 — Régimen laboral privado en el Estado

Algunas entidades públicas están autorizadas a contratar bajo las mismas reglas que una empresa privada. Es el régimen más ventajoso en términos económicos: gratificaciones completas en julio y diciembre, con la bonificación extraordinaria adicional, y CTS con depósitos periódicos.

La contrapartida es que hay pocas entidades que lo aplican y las plazas escasean tanto como en el 276.

Decreto Legislativo 1057 — CAS

Nació en 2008 para ordenar la contratación por «servicios no personales», que no reconocía casi ningún derecho. Se presentó como un régimen transitorio y terminó siendo el principal: hoy la mayoría de convocatorias públicas que verás son CAS. Si quieres el proceso completo de postulación, lo explicamos en la guía sobre cómo postular a una convocatoria CAS.

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Tabla comparativa completa

  CAS (D. Leg. 1057) Privado (D. Leg. 728) Carrera (D. Leg. 276)
Cómo se ingresa Concurso público de méritos Concurso, en entidades autorizadas Nombramiento sobre plaza presupuestada
Cuántas plazas hay Muchas. Es la vía habitual de ingreso Pocas Muy pocas
Duración del vínculo Indeterminado, determinado o de confianza, según la modalidad Indeterminado o sujeto a modalidad Permanente
Gratificaciones Dos al año, de una remuneración cada una, desde la Ley 32563 Dos al año, de una remuneración, más bonificación extraordinaria Aguinaldos de monto fijo, no gratificación
CTS 100 % de la remuneración mensual por año, pagada al cese Con depósitos periódicos, según las reglas del régimen privado Reconocida, con fórmula propia del régimen
Vacaciones 30 días 30 días 30 días
Seguro de salud EsSalud EsSalud EsSalud
Estabilidad Media. Depende de la modalidad de contrato Alta en plazo indeterminado Muy alta
Línea de carrera Sin escalafón. Se asciende postulando a otra plaza Según la política de la entidad Niveles y ascensos regulados

Cuadro elaborado por ChambaClick Perú con fines orientativos, actualizado a septiembre de 2026. Las reglas específicas de cada régimen están en sus normas correspondientes y pueden tener particularidades según la entidad.

Qué cambió con la Ley 32563

Hasta 2025 la brecha era muy visible. Un trabajador del 728 recibía dos sueldos adicionales al año; uno del CAS, un aguinaldo fijo que rondaba los 300 soles. Con la reforma de marzo de 2026 el CAS pasó a tener gratificaciones de una remuneración completa cada una y CTS calculada sobre el 100 % de la remuneración mensual por año de servicios, pagada al terminar el vínculo.

Dos matices que conviene tener presentes:

Hay un tercer cambio menos comentado y de fondo: la reforma eliminó la palabra «transitorio» de la definición del régimen. El CAS dejó de presentarse como una etapa de paso hacia otro régimen, y eso importa si estás decidiendo postular esperando un traslado futuro.

Consejo ChambaClick 💡

Si aceptas un puesto CAS, pregunta en la oficina de recursos humanos cómo está aplicando la entidad las gratificaciones y la CTS antes de hacer cuentas con ese dinero. Y conserva tus boletas: son el respaldo de cualquier reclamo posterior sobre lo que te corresponde.

Servir: el régimen que iba a unificarlo todo

La Ley 30057, Ley del Servicio Civil, creó un cuarto régimen pensado justamente para terminar con este desorden: un sistema único, meritocrático, al que las entidades irían migrando de forma progresiva y al que los servidores se trasladarían voluntariamente.

La implementación resultó mucho más lenta de lo previsto, y la mayoría de servidores públicos sigue en 276, 728 o CAS. La reforma de 2026 añadió un efecto no buscado: al mejorar los beneficios del CAS, redujo el incentivo para migrar a un régimen nuevo y desconocido. Para quien postula hoy, la conclusión práctica es sencilla: es poco probable que te encuentres con una convocatoria bajo este régimen.

Cuidado con la locación de servicios

No es un régimen laboral. La locación de servicios es un contrato civil. No genera vínculo laboral, no da derecho a vacaciones, gratificaciones, CTS ni seguro de salud a cargo de la entidad, y se cobra emitiendo recibo por honorarios, con la retención que corresponda.

Se menciona aquí porque muchas convocatorias que la gente llama «CAS» son en realidad locación de servicios, y la diferencia en lo que recibes al año es enorme. Algunos operativos temporales del Estado, incluidos varios de los más masivos, se contratan bajo esta figura.

No es necesariamente malo: para un trabajo de unos días o unas semanas puede tener sentido. Lo que no conviene es aceptarlo creyendo que tendrás seguro y vacaciones.

Cómo saber en qué régimen está una plaza

El dato está siempre en las bases, y casi siempre en la primera página o en el apartado de condiciones del contrato. Busca la referencia normativa:

Si las bases dicen… Estás ante…
Decreto Legislativo 1057, «Contratación Administrativa de Servicios», «proceso CAS» Régimen CAS
Decreto Legislativo 728, «régimen laboral de la actividad privada» Régimen privado en el Estado
Decreto Legislativo 276, «carrera administrativa», «plaza presupuestada» Carrera administrativa
«Locación de servicios», «orden de servicio», «recibo por honorarios» Contrato civil, sin vínculo laboral
«Prácticas preprofesionales o profesionales», «subvención económica» Modalidad formativa, no es empleo

Un segundo indicio útil es cómo se llama el pago. Si el documento habla de «remuneración» estás ante un vínculo laboral; si habla de «honorarios», «retribución» o «subvención», no.

Cuál conviene más

La respuesta honesta es que casi nunca se elige. Postulas a la plaza que hay y esa plaza viene con el régimen que la entidad haya definido. Dicho eso, si llegas a tener dos ofertas sobre la mesa, así se comparan:

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia principal entre CAS, 728 y 276?

El 276 es la carrera administrativa clásica, con niveles y ascensos y alta estabilidad, pero casi sin plazas nuevas. El 728 aplica al Estado las reglas del régimen privado y solo lo usan algunas entidades autorizadas. El CAS es el régimen con el que hoy se cubre la mayoría de puestos y por el que se convoca casi todo concurso público.

¿Qué régimen conviene más en 2026?

Depende de qué priorices. El 728 sigue siendo el más ventajoso en dinero por la bonificación extraordinaria y la forma de pago de la CTS. El 276 ofrece la mayor estabilidad. El CAS redujo bastante la brecha económica tras la Ley 32563. En la práctica casi nunca se elige: se postula al régimen en el que está la plaza.

¿Los trabajadores CAS ya reciben gratificaciones completas?

La Ley 32563, publicada el 23 de marzo de 2026, reconoce dos gratificaciones anuales equivalentes a una remuneración mensual cada una, más la CTS. El derecho está reconocido, pero el pago efectivo depende del presupuesto de cada entidad y de las normas complementarias.

¿Cómo sé en qué régimen está la plaza a la que postulo?

Está en las bases, normalmente en la primera página o en las condiciones del contrato. Decreto Legislativo 1057 es CAS; 728 es régimen privado; 276 es carrera administrativa. Si el documento habla de locación de servicios u orden de servicio, no es un vínculo laboral.

¿Un contrato CAS se convierte en indeterminado con el tiempo?

No de forma automática. La Ley 32563 establece que los contratos a plazo determinado no se considerarán indeterminados aunque se exceda el plazo, y que ante fraude la reparación prevista es una indemnización, no la permanencia. Sí existe la modalidad de CAS a plazo indeterminado para actividades permanentes, a la que se accede por concurso público.

¿Qué es la Ley Servir y por qué casi nadie está en ese régimen?

La Ley 30057 creó un régimen único que debía reemplazar progresivamente a los demás mediante el tránsito voluntario de cada entidad. Su implementación ha sido muy lenta, así que la mayoría de servidores sigue en 276, 728 o CAS.

¿La locación de servicios es un régimen laboral?

No. Es un contrato civil: no genera vínculo laboral, no da derecho a vacaciones, gratificaciones, CTS ni seguro a cargo de la entidad, y se cobra con recibo por honorarios. Conviene identificarlo antes de aceptar, porque a veces se confunde con el CAS.

¿Cuántos días de vacaciones tiene cada régimen?

Los tres reconocen 30 días por año de servicios. La diferencia entre regímenes está sobre todo en gratificaciones, CTS y reglas de permanencia, no en el descanso vacacional.

Para terminar

Saber en qué régimen está una plaza no es un detalle legal: es la diferencia entre cobrar dos sueldos extra al año o ninguno, entre tener seguro y vacaciones o emitir recibos por honorarios. Y es un dato que casi nunca aparece en el aviso, así que tienes que ir a buscarlo tú.

Antes de aceptar cualquier puesto público, abre las bases y busca la norma que mencionan. Son treinta segundos que te dicen qué vas a recibir de verdad durante todo el año. Y si ya lo tienes claro, pásate por las convocatorias abiertas que tenemos publicadas.

Nota informativa. Esta guía resume las diferencias generales entre regímenes con fines orientativos. Las condiciones concretas pueden variar según la entidad convocante y las bases publicadas oficialmente. No sustituye asesoría legal. ChambaClick Perú no participa en los procesos de selección ni solicita pagos.

Por Cristhian Desposorio L. Fundador y editor de ChambaClick Perú. Escribo y reviso todas las guías del sitio. Conoce quién está detrás.

Guía elaborada por el equipo de ChambaClick Perú a partir del Decreto Legislativo 1057, la Ley 32563 publicada el 23 de marzo de 2026, el Decreto Legislativo 276, el Decreto Legislativo 728 y la Ley 30057, y de la revisión de bases de convocatorias publicadas en nuestro sitio. Última revisión del contenido: 16 de septiembre de 2026.

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